
1. ¿Se han programado y completado inspecciones trimestrales por el Departamento de la Familia para verificar el cumplimiento con la Ley 94?
2. ¿Se realizará una inspección obligatoria en los 90 días previos al inicio de la temporada de huracanes (1 de junio)?
3. ¿Se mantiene documentación de todas las inspecciones y certificaciones en el expediente oficial de cumplimiento del establecimiento?
1. ¿El establecimiento cuenta con una cisterna de agua potable con capacidad para operar normalmente durante al menos 5 días?
2. ¿Se ha inspeccionado la cisterna en los 30 días previos al inicio de la temporada de huracanes para garantizar su óptimo estado?
3. ¿Se ha presentado evidencia de mantenimiento de la cisterna al Departamento de la Familia antes del 1 de junio?
1. ¿El establecimiento cuenta con un generador eléctrico, sistema fotovoltaico, batería de respaldo u otra tecnología autorizada para cubrir las necesidades energéticas?
2. ¿El generador cuenta con un suministro de combustible para operar durante al menos 20 días o un contrato con un suplidor certificado?
3. ¿El generador o sistema alternativo tiene una certificación vigente de instalación, operación y seguridad emitida por un perito electricista?
4. ¿El generador cumple con las normas de emisiones atmosféricas y ha sido inspeccionado en los 30 días previos al inicio de la temporada de huracanes?
1. ¿Se mantienen y certifican todos los equipos médicos (ej., ventiladores, máquinas de oxígeno) como completamente operativos?
2. ¿Se cuenta con un suministro de medicamentos y otros insumos médicos esenciales para al menos 20 días (excepto los restringidos por ley)?
3. ¿Se almacenan los equipos y suministros médicos de manera segura y accesible para su uso durante emergencias?
1. ¿Se mantiene un inventario de alimentos no perecederos para al menos 20 días para satisfacer las necesidades nutricionales de los residentes?
2. ¿Se verifican regularmente las fechas de vencimiento y se rotan los alimentos para garantizar su frescura?
3. ¿Los alimentos se almacenan en un lugar seguro y accesible para su uso durante emergencias?
1. ¿Se ha desarrollado un plan de emergencia actualizado que aborde huracanes, apagones y otros desastres, conforme a la Ley 88-2018?
2. ¿Se ha capacitado al personal en los procedimientos del plan, incluyendo evacuación y comunicación?
3. ¿El plan es accesible para los residentes y sus familias, con instrucciones claras en español?
1. ¿Se informa a los residentes y sus familias sobre su derecho a solicitar inspecciones según el Artículo 6(c)?
2. ¿Se proporciona el formulario de solicitud de inspección del Departamento de la Familia el día de la admisión?
3. ¿Se certifica en el expediente del residente que se proporcionó la orientación y documentación requerida?
1. ¿El establecimiento está en cumplimiento con todos los requisitos dentro de los 6 meses posteriores a la vigencia de la ley?
2. ¿Se ha solicitado una prórroga de 6 meses al Departamento de la Familia, si es necesario, con justificación adecuada?
3. ¿Se han implementado medidas para evitar la suspensión del permiso de operación por incumplimiento?
Aviso / Descargo de Responsabilidad:
La información aquí presentada constituye únicamente una interpretación de Ley 148 – 2025, Para cumplimiento oficial, consulte siempre con autoridades competentes o asesores legales certificados.
La Ley 148 – 2025, anteriormente conocida como PS 396, es una ley aprobada en Puerto Rico que fortalece los requisitos de preparación y respuesta a emergencias en hogares de personas de edad avanzada. La medida busca garantizar que estas instituciones cuenten con planes organizados, suministros esenciales, sistemas de respaldo y protocolos claros para proteger la salud y seguridad de los residentes durante huracanes, apagones, emergencias médicas y otros desastres.
La ley también refuerza las inspecciones y procesos de cumplimiento por parte del Departamento de la Familia, incluyendo requisitos relacionados con generadores eléctricos, cisternas, medicamentos, alimentos, planes de evacuación y capacitación del personal. Además, reconoce derechos importantes para los residentes y sus familias, incluyendo acceso a información y mecanismos para solicitar inspecciones y verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad.
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